Constitución Mexicana y Ley Forestal
5 de febrero Aniversario de la promulgación de la CPEUM de 1917; el Articulo 27 de esta Constitución, menciona que para el aprovechamiento de las tierras, es necesario seguir las leyes reglamentarias, en el caso del sector forestal la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento vigentes.
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