Visto Bueno Laboral solicitado por el Empleador
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Visto Bueno Laboral Solicitado por el Empleador.
El empleador puede solicitar el Visto Bueno contra su Trabajador con el fin de dar por terminadas las relaciones de trabajo cuando ha caído en una o más de las causales determinadas por el artículo 172 del código del Trabajo. El Dr. Benjamín Fiallos Jerez de FA Legal nos explica en resumen las causales de aplicación para el Visto Bueno Laboral que solicita en empleador en contra de su trabajador.
Causales:
Uno. Atrasos o faltas repetidas e injustificadas dentro de un período mensual de labor, o abandono de más de tres días consecutivos, sin causa justa.
Dos. Indisciplina o desobediencia graves a los reglamentos internos legalmente aprobados;
Tres. Por falta de probidad o por conducta inmoral del trabajador;
Cuatro. Por injurias graves irrogadas al empleador; su cónyuge o conviviente en unión de hecho, ascendientes o descendientes, o a su representante;
Cinco. Por ineptitud manifiesta del trabajador, respecto de la ocupación o labor para la cual se comprometió;
Seis. Por denuncia injustificada contra el empleador respecto de sus obligaciones en el Seguro Social.
Siete. Por no acatar las medidas de seguridad, prevención e higiene exigidas por la ley, por sus reglamentos o por la autoridad competente; o por contrariar, sin debida justificación, las prescripciones y dictámenes médicos;
Y ocho: Por el cometimiento de acoso laboral, ya sea de manera individual o coordinada con otros individuos, hacia un compañero o compañera de trabajo, hacia el empleador o empleadora o hacia un subordinado o subordinada en la empresa.
OJO. Solo se tiene un mes para solicitar Visto Bueno, luego de tal período ya no se lo puede hacer.
Es requisito fundamental estar al día en las obligaciones respecto del IESS.
WhatsApp Directo: https://wa.me/593987914546
Видео Visto Bueno Laboral solicitado por el Empleador канала FA Legal
Visto Bueno Laboral Solicitado por el Empleador.
El empleador puede solicitar el Visto Bueno contra su Trabajador con el fin de dar por terminadas las relaciones de trabajo cuando ha caído en una o más de las causales determinadas por el artículo 172 del código del Trabajo. El Dr. Benjamín Fiallos Jerez de FA Legal nos explica en resumen las causales de aplicación para el Visto Bueno Laboral que solicita en empleador en contra de su trabajador.
Causales:
Uno. Atrasos o faltas repetidas e injustificadas dentro de un período mensual de labor, o abandono de más de tres días consecutivos, sin causa justa.
Dos. Indisciplina o desobediencia graves a los reglamentos internos legalmente aprobados;
Tres. Por falta de probidad o por conducta inmoral del trabajador;
Cuatro. Por injurias graves irrogadas al empleador; su cónyuge o conviviente en unión de hecho, ascendientes o descendientes, o a su representante;
Cinco. Por ineptitud manifiesta del trabajador, respecto de la ocupación o labor para la cual se comprometió;
Seis. Por denuncia injustificada contra el empleador respecto de sus obligaciones en el Seguro Social.
Siete. Por no acatar las medidas de seguridad, prevención e higiene exigidas por la ley, por sus reglamentos o por la autoridad competente; o por contrariar, sin debida justificación, las prescripciones y dictámenes médicos;
Y ocho: Por el cometimiento de acoso laboral, ya sea de manera individual o coordinada con otros individuos, hacia un compañero o compañera de trabajo, hacia el empleador o empleadora o hacia un subordinado o subordinada en la empresa.
OJO. Solo se tiene un mes para solicitar Visto Bueno, luego de tal período ya no se lo puede hacer.
Es requisito fundamental estar al día en las obligaciones respecto del IESS.
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