Dudas sobre los ERTES COVID 19
Dudas que surgen a lo largo de la semana sobre los ERTES en empresas o autónomos con trabajadores, seguimos a vuestra disposición.
Si tenéis alguna duda que no haya sido tratada en los vídeos, o bien no se os haya facilitado por email no dudéis en enviarnos vuestras sugerencias a canaltelegram@cofenat.es
Os recordamos nuestro canal de telegram https://t.me/conterapiasnaturales
ACTUALIZACION:
Desde la entrada en vigor de este Real Decreto las empresas que hayan presentado ERTES tenemos que presentar las plantillas colectivas, hay que hacerlo en el plazo de cinco días desde la entrada en vigor. Si no se hace sancionan por infracción grave ( de 300 a 300.000 €) (La no transmisión de la comunicación regulada en los apartados anteriores se
considerará conducta constitutiva de la infracción grave prevista en el artículo 22.13 del
texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.). A ver como se resuelve esto porque uno de los datos que piden obligatorios es un número de Resolución del ERTE que lógicamente no podemos poner si no resuelven.
Видео Dudas sobre los ERTES COVID 19 канала COFENAT
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Desde la entrada en vigor de este Real Decreto las empresas que hayan presentado ERTES tenemos que presentar las plantillas colectivas, hay que hacerlo en el plazo de cinco días desde la entrada en vigor. Si no se hace sancionan por infracción grave ( de 300 a 300.000 €) (La no transmisión de la comunicación regulada en los apartados anteriores se
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