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Negación de visa bajo la sección 212 (A) (9) (B) (I)

Una negación, bajo esta sección de la ley, indica que usted acumulo presencia ilegal en los Estados Unidos con anterioridad, debe saber que este es un motivo de inelegibilidad recurrente y para establecerlo se toman en cuenta los factores siguientes:

a) Presencia durante 180 días, pero menos de 365 días, 3 años de sanción.
b) Presencia de más de 365 días, 10 años de sanción.

Es importante que sepa que la ley de inmigración y nacionalidad (INA), establece la posibilidad de obtener un perdón o permiso para ser readmitido tanto si está usted solicitando un visado de no-inmigrante o un visado de inmigrante a través de una petición aprobada.
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Sí este es su caso, o simplemente quiere saber más, contáctenos, cuéntenos su caso, en Consularis Service, nos complace guiarle paso a paso.

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5 января 2021 г. 23:55:22
00:01:58
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