LAS PLAYAS DE PUERTO RICO SON NUESTRAS
aqui puedes conseguir a Andy: GRINGO QUIERE ADUEÑARSE DE NUESTRAS PLAYAS... ¡PERO EL PUEBLO RESPONDE! No es de ellos https://www.youtube.com/watch?v=BYNrJ02T_ic
Si alguien intenta apropiarse de una playa en Puerto Rico, existen varios recursos legales y acciones que se pueden tomar:
1. Conocer y difundir la ley:
Es fundamental recordar que las playas en Puerto Rico son bienes de dominio público, garantizado por leyes como la Ley Núm. 3 de 1990 y fundamentado en la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Código Civil.
Informar a la persona que intenta apropiarse de la playa sobre sus derechos y la ilegalidad de su acción.
2. Documentar la situación:
Recopilar evidencia: tomar fotos, videos y anotar cualquier información relevante (fechas, horas, nombres, testigos).
Esto será útil en caso de tener que presentar una denuncia formal.
3. Contactar a las autoridades:
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA): Esta agencia es responsable de proteger los recursos naturales y puede intervenir en casos de apropiación indebida de playas.
Policía de Puerto Rico: Si la situación involucra confrontación o violencia, se puede llamar a la policía.
Municipios: Los municipios también tienen jurisdicción sobre las playas y pueden ofrecer asistencia.
4. Buscar asesoramiento legal:
Consultar con un abogado especializado en derecho ambiental o propiedad para explorar opciones legales, como presentar una demanda.
Organizaciones sin fines de lucro: existen organizaciones que ofrecen asesoramiento legal gratuito o a bajo costo en temas ambientales.
5. Organizar a la comunidad:
Crear grupos de defensa de las playas para generar conciencia y presión sobre las autoridades.
Utilizar las redes sociales para difundir información y denunciar los abusos.
Recursos Legales Clave:
Ley Núm. 3 del 22 de agosto de 1990: Garantiza el libre acceso a la zona marítimo-terrestre.
Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico: Establece los principios generales sobre los bienes de dominio público.
Código Civil de Puerto Rico: Regula la propiedad y el uso de los bienes de dominio público.
"Ley de Aguas de 1866": Legislación histórica que define el dominio público de las aguas.
Consideraciones Adicionales:
Es importante actuar con prontitud y de manera organizada para evitar que la situación se agrave.
La colaboración con organizaciones ambientales y comunitarias puede fortalecer la defensa de las playas.
Видео LAS PLAYAS DE PUERTO RICO SON NUESTRAS канала Las Cronicas del Abayarde
Si alguien intenta apropiarse de una playa en Puerto Rico, existen varios recursos legales y acciones que se pueden tomar:
1. Conocer y difundir la ley:
Es fundamental recordar que las playas en Puerto Rico son bienes de dominio público, garantizado por leyes como la Ley Núm. 3 de 1990 y fundamentado en la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Código Civil.
Informar a la persona que intenta apropiarse de la playa sobre sus derechos y la ilegalidad de su acción.
2. Documentar la situación:
Recopilar evidencia: tomar fotos, videos y anotar cualquier información relevante (fechas, horas, nombres, testigos).
Esto será útil en caso de tener que presentar una denuncia formal.
3. Contactar a las autoridades:
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA): Esta agencia es responsable de proteger los recursos naturales y puede intervenir en casos de apropiación indebida de playas.
Policía de Puerto Rico: Si la situación involucra confrontación o violencia, se puede llamar a la policía.
Municipios: Los municipios también tienen jurisdicción sobre las playas y pueden ofrecer asistencia.
4. Buscar asesoramiento legal:
Consultar con un abogado especializado en derecho ambiental o propiedad para explorar opciones legales, como presentar una demanda.
Organizaciones sin fines de lucro: existen organizaciones que ofrecen asesoramiento legal gratuito o a bajo costo en temas ambientales.
5. Organizar a la comunidad:
Crear grupos de defensa de las playas para generar conciencia y presión sobre las autoridades.
Utilizar las redes sociales para difundir información y denunciar los abusos.
Recursos Legales Clave:
Ley Núm. 3 del 22 de agosto de 1990: Garantiza el libre acceso a la zona marítimo-terrestre.
Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico: Establece los principios generales sobre los bienes de dominio público.
Código Civil de Puerto Rico: Regula la propiedad y el uso de los bienes de dominio público.
"Ley de Aguas de 1866": Legislación histórica que define el dominio público de las aguas.
Consideraciones Adicionales:
Es importante actuar con prontitud y de manera organizada para evitar que la situación se agrave.
La colaboración con organizaciones ambientales y comunitarias puede fortalecer la defensa de las playas.
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7 марта 2025 г. 6:10:44
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