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LAS PLAYAS DE PUERTO RICO SON NUESTRAS

aqui puedes conseguir a Andy: GRINGO QUIERE ADUEÑARSE DE NUESTRAS PLAYAS... ¡PERO EL PUEBLO RESPONDE! No es de ellos https://www.youtube.com/watch?v=BYNrJ02T_ic
Si alguien intenta apropiarse de una playa en Puerto Rico, existen varios recursos legales y acciones que se pueden tomar:

1. Conocer y difundir la ley:

Es fundamental recordar que las playas en Puerto Rico son bienes de dominio público, garantizado por leyes como la Ley Núm. 3 de 1990 y fundamentado en la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Código Civil.
Informar a la persona que intenta apropiarse de la playa sobre sus derechos y la ilegalidad de su acción.

2. Documentar la situación:
Recopilar evidencia: tomar fotos, videos y anotar cualquier información relevante (fechas, horas, nombres, testigos).
Esto será útil en caso de tener que presentar una denuncia formal.

3. Contactar a las autoridades:
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA): Esta agencia es responsable de proteger los recursos naturales y puede intervenir en casos de apropiación indebida de playas.
Policía de Puerto Rico: Si la situación involucra confrontación o violencia, se puede llamar a la policía.
Municipios: Los municipios también tienen jurisdicción sobre las playas y pueden ofrecer asistencia.

4. Buscar asesoramiento legal:
Consultar con un abogado especializado en derecho ambiental o propiedad para explorar opciones legales, como presentar una demanda.
Organizaciones sin fines de lucro: existen organizaciones que ofrecen asesoramiento legal gratuito o a bajo costo en temas ambientales.
5. Organizar a la comunidad:

Crear grupos de defensa de las playas para generar conciencia y presión sobre las autoridades.
Utilizar las redes sociales para difundir información y denunciar los abusos.
Recursos Legales Clave:

Ley Núm. 3 del 22 de agosto de 1990: Garantiza el libre acceso a la zona marítimo-terrestre.
Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico: Establece los principios generales sobre los bienes de dominio público.
Código Civil de Puerto Rico: Regula la propiedad y el uso de los bienes de dominio público.
"Ley de Aguas de 1866": Legislación histórica que define el dominio público de las aguas.
Consideraciones Adicionales:

Es importante actuar con prontitud y de manera organizada para evitar que la situación se agrave.
La colaboración con organizaciones ambientales y comunitarias puede fortalecer la defensa de las playas.

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