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Nuevo Recurso de Casación Contencioso-Administrativo

Obras recomendadas:

- Diccionario jurisprudencial del proceso contencioso-administrativo: http://bit.ly/2a4WtNH
- Revista Actualidad Administrativa; http://bit.ly/2aeoId3

Resumen:

El 22 de julio entra en vigor la profunda reforma del recurso de casación contencioso administrativo, introducida por la LO 7/2015. Esta importante modificación, por un lado, amplía el ámbito de resoluciones recurribles en casación pero, por otro, deja al criterio del Tribunal Supremo la apreciación de la existencia del interés casacional requerido para su admisión a trámite.

La nueva regulación del recurso de casación, de aplicación a partir del 22 de julio, articula un único recurso cuya finalidad es sentar o unificar doctrina jurisprudencial. Las principales características del mismo son:

1. Ampliación del ámbito objetivo de sentencias recurribles en casación

En primer lugar, se abre el abanico de sentencias recurribles, de manera que en principio podrán acceder a casación con independencia de su cuantía (artículo 86 LJCA).

2. Desaparecen los motivos tasados de casación

Por otra parte, desaparecen los concretos motivos casacionales del actual artículo 88 de la Ley de la Jurisdicción, de manera que el nuevo recurso de casación podrá interponerse contra cualquier infracción del ordenamiento jurídico estatal o europeo, tanto procesal como sustantiva, o de la jurisprudencia.

3. Exigencia de "interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia"(art. 88 LJCA)

Para que el recurso sea admitido a trámite la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo tendrá que estimar que el recurso presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, lo que deberá motivar en el auto de
admisión.

4. La importancia del escrito de preparación

En este nuevo recurso de casación, el escrito de preparación cobra una importancia decisiva. Las diferencias más importantes respecto del actual son (art. 89 LJCA):
- Por un lado, se amplía de diez a treinta días el plazo para su presentación.
- Pero por otro se exige un mayor formalismo: la ley recoge los requisitos y manifestaciones que forzosamente debe contener.

5.-Extensión máxima de los escritos presentados por medios telemáticos

La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo ha aprobado recientemente unas normas que establecen su extensión máxima, formato y estructura.
Estas normas, que se aplican también al escrito de oposición al recurso, limitan a "50.000 caracteres con espacio" -el equivalente a 25 folios- la extensión de estos escritos.

6. La sentencia fijará doctrina jurisprudencial

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22 июля 2016 г. 12:25:26
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