Загрузка страницы

¿Se puede mantener la tarjeta comunitaria cuando hay ruptura de la convivencia, pero no del vínculo?

Contestamos a una pregunta de uno de nuestros seguidores, la cual consideramos muy importante puesto que su desconocimiento puede traer muchos problemas a los titulares de este tipo de tarjetas.

La tarjeta comunitaria es uno de los trámites más demandados por los extranjeros que se encuentran en España debido a las ventajas que presenta este permiso, ya que autoriza a residir y trabajar en España en las mismas condiciones que cualquier otro español, ya sea por cuenta ajena, o por cuenta propia.

Sin embargo, la obtención de este permiso se limita a aquellos extranjeros que puedan acreditar la existencia de un vínculo con un ciudadano comunitario (cónyuge, pareja registrada, hijos, padres…etc).

Todos conocemos los requisitos y procedimiento completo para la obtención de esta tarjeta, pero no todos conocen la existencia de muchas causas que podrían dar lugar a su extinción (véase aquí) o mejor dicho, los requisitos que el familiar debe cumplir para su mantenimiento.

Contestando a la pregunta, nos centramos en el supuesto de matrimonio o pareja registrada.

Como ya sabemos, el estar casado o inscrito como pareja de hecho con ciudadano español o comunitario, da derecho a residir y trabajar en España, y por tanto, a solicitar la tarjeta comunitaria.

Una vez obtenida la tarjeta, para poder mantenerla, debemos a su vez, mantener el cumplimiento de los requisitos que dieron derecho a su concesión. Esto es, mantener el vínculo, la convivencia, medios económicos...etc

Si el vínculo se rompiese, en principio, el familiar deja de tener derecho a esta tarjeta, por lo que debe modificarla y solicitar una de las autorizaciones reguladas por nuestro régimen general de Extranjería, salvo que se pudiera acreditar que el matrimonio o pareja de hecho tuvo una duración mínima de tres años.

Pero, ¿qué ocurre si se produce una separación de hecho? Es decir, ¿qué ocurre si tras los tres años se rompe el vínculo, pero hubo una separación previa de la pareja que rompe la convivencia? ¿podría solicitar el mantenimiento?

Con esto hay que tener mucho cuidado, ya que aunque hayamos cumplido con el tiempo de duración del vínculo para el mantenimiento de la tarjeta, la convivencia, que es otro de los requisitos, se ve interrumpida antes, y esto puede ser considerado como una causa de extinción desde el punto de vista de muchas Oficinas de Extranjería.

Por ello, es importante que, las parejas que quieran poner fin a su relación, y lo hagan tras los tres años, no cambien el empadronamiento durante la vigencia del permiso para poder seguir acreditando la convivencia y así, no incurrir en ninguna posible causa de extinción y podamos solicitar el mantenimiento de nuestra tarjeta comunitaria una vez producido el divorcio o cancelación.

Más info:https://www.parainmigrantes.info/se-puede-mantener-la-tarjeta-comunitaria-cuando-hay-ruptura-de-la-convivencia-pero-no-del-vinculo/

Видео ¿Se puede mantener la tarjeta comunitaria cuando hay ruptura de la convivencia, pero no del vínculo? канала Parainmigrantes.info
Показать
Комментарии отсутствуют
Введите заголовок:

Введите адрес ссылки:

Введите адрес видео с YouTube:

Зарегистрируйтесь или войдите с
Информация о видео
11 сентября 2018 г. 18:18:44
00:03:56
Яндекс.Метрика